¿Los Vales de Despensa son deducibles de impuestos?

La Ley del ISR indica, en su artículo 93, fracciones VIII y IX, que los colaboradores no pagarán impuestos por estas prestaciones de previsión social siempre y cuando se otorguen de manera general. A esto se suma que no deben exceder siete veces la UMA elevada al año. Mientras que la empresa puede deducirlos de ISR hasta en un 53 por ciento. De la misma manera, el artículo 27, fracción XI de dicha ley señala que también serán deducibles si son entregados por medio de monederos electrónicos autorizados por el SAT.